A través de la Hoja Informativa No. 26, la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM) informó que se publicó la versión 8.3 de los lineamientos para trámite de los “Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados”.
De esta actualización destacan los siguientes cambios:
- Se modifica el apartado A con relación a la elaboración de los hologramas y vigencia de los gafetes de identificación.
- Se modifican algunos numerales del apartado B sobre la utilización del GUI; las condiciones, requisitos y procedimiento para su expedición; así como el procedimiento para la destrucción de los documentos cuando son devueltos o no han sido entregados al solicitante.
- Se modifican numerales del apartado B para definir al conductor de vehículo de transporte de carga, establecer una fecha de obligatoriedad del GUI para transportistas de petrolíferos, establecer las condiciones, procedimiento y requisitos, así como el flujo del procedimiento para la expedición del GUI.
Además, se otorgan diversas facilidades para el trámite del GUI para el transportista.
Te sugerimos hacer clic aquí para consultar el documento y conocer a detalle los cambios que contienen los lineamientos, mismos que están disponibles en este enlace.