Fue publicado en la Conamer el anteproyecto del Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a fin de identificar las diversas mercancías que cuentan con Denominación de Origen, dentro de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
De esta forma, el Acuerdo adiciona a los incisos c) y d) del Anexo I mercancías elaboradas con Olinalá, cuyas fracciones arancelarias son: 4420.10.02, 4420.10.99 y 4420.90.01. De igual forma, se elimina la fracción arancelaria 4420.10.01 de ambos incisos.
El Acuerdo mencionado tiene el objetivo de que la Semarnat pueda ejercer el control y verificación en materias primas, productos y subproductos forestales, así como dar cumplimiento a lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas fitosanitarias o, en su caso, en los Certificados Fitosanitarios de Importación u Hojas de Requisitos Fitosanitarios.
Cabe recordar que lo anterior entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).