A través de la Hoja Informativa No. 12, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que se publicó la versión 8.2 de los “Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados”.
Esta nueva versión contiene las siguientes adecuaciones:
- En el apartado A, numeral 7, se adicionó la fracción XIX, para incorporar a una agrupación autorizada para realizar los trámites correspondientes para adquirir, distribuir y presentar la solicitud de oficialización de los gafetes de identificación.
- Se modificaron los apartados B y D, para señalar que se podrá realizar la reimpresión del gafete único de identificación, en caso de defecto o mala grabación en el chip.
- En el apartado D, numeral 2, se precisó que, a partir del 3 de mayo de 2021, los conductores de vehículos privados deberán portar el GUI (gafete electrónico) vigente.
Los presentes lineamientos se encuentran disponibles en este enlace.
Consulta la Hoja Informativa No. 12.