Se aplicarán preferencias porcentuales a las importaciones de vehículos pesados de Brasil

Mediante Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Economía informó que se incorporó el punto Octavo al Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE No. 55) entre México, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (los últimos cuatro integrantes del Mercado Común del Sur –Mercosur–) para aplicar preferencias arancelarias porcentuales a las importaciones de vehículos pesados procedentes de Brasil.

Estas preferencias se aplicarán a las fracciones arancelarias de los literales e) y f) del Artículo 1º del Apéndice II del ACE No. 55 de acuerdo al siguiente cronograma de transición al libre comercio:

  • 20% de preferencia arancelaria a partir de la entrada en vigor del Acuerdo (7 de octubre de 2020).
  • 40% de preferencia arancelaria a partir del 1 de julio de 2021.
  • 70% de preferencia arancelaria a partir del 1 de julio de 2022.
  • 100% de preferencia arancelaria a partir del 1 de julio de 2023.

La publicación en el DOF también establece que la determinación y certificación de origen de los productos citados se realizará conforme a lo dispuesto en el Anexo II del ACE No. 55 y en el Quinto y Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice II.

Cabe destacar que esta acción es consecuente al Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice II “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre Brasil y México” del ACE No. 55, firmado el 6 de julio de 2020 y publicado en el DOF el 7 de octubre de 2020.

Consulta la publicación el DOF.

Consulta el Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice II.