Luego de anunciar el final de la investigación antidumping sobre las importaciones de torres de viento originarias de China, independientemente del país de procedencia, la Secretaría de Economía impuso una cuota compensatoria definitiva de 21% a la estas mercancías que ingresan por la fracción arancelaria 8502.31.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
De acuerdo con la Resolución publicada el 5 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cuota compensatoria se aplicará sobre el valor en aduana declarado en el pedimento correspondiente.
Los importadores no estarán obligados al pago de la misma si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China.
Tal comprobación deberá hacerse conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales.
En diciembre de 2018, particulares solicitaron el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, que derivó en esta imposición de cuotas compensatorias.