Dentro de los lineamientos en materia de austeridad republicana, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP), se encuentran medidas como el teletrabajo para servidores públicos, el uso de software libre y el freno a nuevos regímenes de pensiones a sindicatos del gobierno.
Estos lineamientos tienen por objeto regular y establecer las medidas aplicables en materia de austeridad en el ejercicio del gasto público federal, primordialmente en el gasto corriente.
Con base en lo anterior, en materia de recursos humanos, se posibilita que los burócratas puedan realizar teletrabajo o home office, siempre y cuando las autoridades de la Oficialía Mayor, de la Unidad de Administración y Finanzas, o los equivalentes del Ente Público que corresponda, den el visto bueno.
Respecto a servicios generales, los lineamientos establecen que se deberá privilegiar el uso de software libre cuando se trate de la prestación de servicios de cualquier tipo de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC’s), en caso de requerirse un software que requiera pago de licencia, deberá estar justificada su adquisición o renta.
Las nuevas disposiciones también incorporan que los entes públicos deberán de abstenerse de adicionar en las condiciones generales de trabajo o en los contratos colectivos de trabajo de los sindicatos prestaciones como jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, así como seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Austeridad.
Cabe destacar que los nuevos lineamientos establecen que las personas servidoras públicas no podrán recibir retribución, compensación, salarios, pagos o prestaciones adicionales a lo que correspondan al puesto, nivel, tabulador y presupuesto autorizados.
Asimismo, deberán reducirse “al mínimo indispensable” las adquisiciones y contrataciones de servicios con terceros que realicen los Entes Públicos para abastecerse de los insumos y suministros requeridos para el desempeño de sus actividades.
En cuanto a los servicios de telefonía móvil, los lineamientos indican que serán autorizados únicamente para personal de las fuerzas armadas, la Guardia Nacional, seguridad nacional y seguridad pública, cuando sea indispensable para el desempeño de sus funciones.
No obstante, la SHCP podrá autorizar la contratación de telefonía móvil para aquellos servidores públicos a los que les resulta imprescindible contar con el servicio para poder llevar a cabo sus funciones laborales.
Con información de El Financiero.
