De acuerdo con el Anteproyecto del Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE No. 55), suscrito entre México, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay; se incorporará un punto Octavo que establece que nuestro país aplicará preferencias arancelarias porcentuales a las importaciones brasileñas de vehículos pesados.
Los automotores que se beneficiarán de esta medida son los que se señalan en los literales e) y f) del Artículo 1º del Apéndice II del ACE No. 55 clasificados en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
Cabe destacar que la determinación y certificación de origen de los productos citados se realizará conforme a lo dispuesto en el Anexo II del ACE No. 55 y en el Quinto y Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice II.
Este Acuerdo incluye el Cronograma de transición al libre comercio de los productos automotores mencionados de la siguiente forma:
- 20% de preferencia arancelaria a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.
- 40% de preferencia arancelaria a partir del 1 de julio de 2021.
- 70% de preferencia arancelaria a partir del 1 de julio de 2022.
- 100% de preferencia arancelaria a partir del 1 de julio de 2023.
Consulta el anteproyecto en este enlace.