Importadores deberán cumplir con nuevo etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas

Derivado de la revisión a las operaciones de importación de mercancías sujetas al cumplimiento de normas oficiales mexicanas (NOMs) de información comercial, la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer que existe un alto número de operaciones que no demuestran el cumplimiento con aquellas relacionadas a la información comercial en el punto de entrada al país.

En este contexto, la dependencia dio a conocer el Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, mismo en el cual se hacen cambios a la fracción VIII del numeral 3 y el numeral 6, y se derogan las fracciones VII, VIII y XV del numeral 10 de su Anexo 2.4.1.

Estos cambios están encaminados a que importadores de alimentos y bebidas no alcohólicas den cumplimiento de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de abril de 2010 y su modificación del 27 de marzo de 2020.

Consulta el anteproyecto del Acuerdo en este enlace.