La Modificación a la NOM-051 entrará en vigor el 1 de octubre de 2020

La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer que la entrada en vigor de la Modificación a la NOM-051, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de julio de 2020, será a partir del 1 de octubre del 2020. Esta Norma Oficial busca regular el sistema de etiquetado frontal de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, de fabricación nacional o extranjera, vendidos en territorio nacional.

Esto por medio de un acuerdo entre la SE, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para no sancionar a productores, importadores o comercializadores en las verificaciones.

Por tal motivo, no se sancionará la venta de productos cuyas etiquetas cumplan de forma anticipada con dicha norma y tampoco se multará entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre la venta de productos que no exhiban el sistema de etiquetado frontal de advertencia, sellos y leyendas de la modificación.

Se prevé que hasta el 30 de noviembre de 2020, los anaqueles de los establecimientos comerciales tendrán productos para la venta al consumidor que cumplan con el nuevo etiquetado frontal de advertencia o con el actual.

Con información de la Secretaría de Economía.