Como resultado de la resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella originarias de China, independientemente del país de procedencia, la Secretaría de Economía determinó la imposición de una cuota compensatoria de $13.13 dólares por pieza a estos productos que ingresan por la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE.
Será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la autoridad competente de aplicar la cuota compensatoria, cuyo pago podrá ser garantizado por los interesados en alguna de las formas previstas en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
Cabe destacar que estos últimos no estarán obligados al pago de la cuota si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China, conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales.
Para consultar los detalles de esta resolución preliminar, sugerimos la consulta de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, disponible en este enlace.