Establecimientos no esenciales que operen durante emergencia sanitaria serán clausurados

Si tu empresa no está dentro del listado de actividades esenciales para la economía, debes suspender sus operaciones a la brevedad, ya que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) se encuentran clausurando los establecimientos que no cumplan con las indicaciones del Consejo de Salubridad General (CSG) para prevenir contagios de Covid-19.

A través de inspecciones en los centros de trabajo, ambas dependencias verifican que únicamente estén en funcionamiento aquellos catalogados como esenciales y que estén cumpliendo con las medidas de seguridad e higiene.

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Cabe destacar que para poder reanudar sus operaciones, aquellas empresas que sean clausuradas por la autoridad deberán llevar a cabo un proceso jurídico; a diferencia de aquellas que adopten la medida voluntariamente, que podrán abrir sus establecimientos una vez concluida la emergencia.

La Asociación Nacional INCOMEX reitera el llamado a cumplir con las medidas preventivas emitidas por el CSG el pasado 30 de marzo cuando se emitió la declaratoria de emergencia, recordándote que, de acuerdo con el Jefe de la COFEPRIS en la Zona Costa de Baja California, David Gutiérrez Inzunza, no habrá excepciones para la imposición de sanciones

“Entiendo la situación económica, pero no acepto que se ponga en riesgo la salud pública; seré inflexible, intolerante y no habrá nada que negociar, con la salud no se juega”, manifestó el funcionario.

Actividades esenciales https://sidof.segob.gob.mx/notas/5590914

Ampliación: https://sidof.segob.gob.mx/notas/5591234