El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) permitirá a los empleadores diferir los pagos de las cuotas obrero-patronales hasta en 48 meses, pero antes deberán cubrir un importe inicial del 20% de la cuota patronal y el 100% de la obrera.
Mediante un boletín oficial, la dependencia comentó que lo anterior se fundamenta en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social, ordenamiento en el que se establece que el diferir los pagos genera actualización y recargos.
Para cubrir las obligaciones patronales se podrá acceder a una tasa de interés mensual de 1.26% a 1.82%, dependiendo del plazo elegido a pagar (12, 24 y más de 24 meses).
El Instituto no pedirá ningún tipo de garantías a los patrones. Si se cubren los compromisos convenidos, las multas pueden ser disminuidas.
En el mismo boletín se menciona que el artículo 31 de la Ley del Seguro Social prevé un descuento de hasta 7 días por ausentismos del trabajador, en éstos se pagará la cuota que corresponde al seguro de enfermedades y maternidad.
Integrantes del Consejo Técnico del IMSS explicaron que “en un periodo normal, los patrones o trabajadores simplemente se acercan a las áreas de afiliación y cobranza para llegar a convenios de prórroga en el pago de cuotas, pero dado que estamos ante una pandemia que es causa de fuerza mayor, deberán existir los mecanismos para que pueda haber una facilitación de las medidas para las empresas”, como los mencionados.
Con información de El Financiero.