Actividades de logística y transporte esenciales durante emergencia sanitaria

Mediante acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), precisó las actividades esenciales en el autotransporte federal, ferroviario y marítimo ante la emergencia sanitaria ocasionada por la propagación del Covid-19.

En el transporte ferroviario, es esencial la prestación del servicio público de carga y pasajeros, la rehabilitación y mantenimiento de las vías férreas, así como los trabajos de conservación y mantenimiento de equipo ferroviario.

En autotransporte federal, la dependencia señaló que se mantendrán las actividades vinculadas con la cadena de servicios de transporte de personas y carga; terminales de pasajeros y unidades de verificación; labores de supervisión en principales terminales centrales de autobuses de pasajeros del país y la expedición de autorizaciones provisionales para circular sin placas metálicas, para que las unidades destinadas al autotransporte federal puedan transitar.

En el transporte marítimo, se permite el otorgamiento de permisos y autorizaciones a embarcaciones o artefactos navales que presten servicios con el transporte de pasajeros y carga, así como con la producción y distribución de gas, petróleo, gasolina o turbosina.

También el trámite y otorgamiento de autorizaciones para actuar como agente naviero general o consignatario de buques y las obras portuarias, con el fin de asegurar el funcionamiento de los puertos; incluyendo los proyectos portuarios del sector privado, cuyo fin es la creación de infraestructura estratégica para la operación portuaria.

Este acuerdo entró en vigor el día de su publicación en el DOF (8 de abril de 2020) y estará vigente hasta que termine la emergencia sanitaria. Consulta publicación en esta dirección.