La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer que inicio dos procedimientos administrativos de exámenes de vigencia de cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de ácido graso parcialmente hidrogenado que ingresan a través de la fracción arancelaria 3823.19.99 de la TIGIE, así como de ácido esteárico que ingresan a través de las fracciones arancelarias 3823.11.01 y 3823.19.99 de la TIGIE; ambos originarios de Estados Unidos, independientemente de su país de procedencia.
Respecto a las importaciones de ácido graso, se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 y como periodo de análisis del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2019. Se mantiene la cuota compensatoria de 23.29% en tanto se tramite el procedimiento.
Por otro lado, el periodo de procedimiento de examen para las importaciones de ácido esteárico será el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 y como periodo de análisis del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2019; manteniéndose la cuota compensatoria de 17.38% a las importaciones de este material, salvo las fabricadas y exportadas por Vantage, cuya cuota es de 4.15%.
Las personas que tengan interés jurídico en el resultado de alguno de los dos procedimientos mencionados, contarán con un plazo de 28 días hábiles (contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOF) para acreditarlo y presentar la respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.
El formulario se podrá obtener en la oficialía de partes de la UPCI o en la página de Internet de la SE.
Consultar resolución de ácido graso parcialmente hidrogenado: https://bit.ly/2Jqw65g.
Consultar resolución de ácido esteárico: https://bit.ly/2ULNkze.