La Secretaría de Economía, a través del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), dio a conocer que las resoluciones autorizadas tramitadas mediante de las cuentas de correo electrónico de la dependencia, con copia a las cuentas señaladas en el Comunicado 414.2020.446, se transmitieron de manera ordinaria al SAT.
Asimismo, informó que las validaciones correspondientes ya no deberán ser declaradas en el apartado “observaciones” del pedimento, así como remitirlos en PDF en el correo electrónico.
Anexamos la imagen difundida a través de la cuenta de Twitter del SNICE.
