La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en la edición del 6 de enero de 2020 del Diario Oficial de la Federación (DOF), misma que establece las disposiciones de este organismo regulador de la democracia sindical.
El organismo será el encargado de aplicar la conciliación para resolver los conflictos labores del fuero federal.
En este sentido, la STPS refirió que el mecanismo de solución de controversias señalado será obligatorio y tendrá un periodo de 45 días; aquellos asuntos no resueltos en ese lapso irán a los tribunales.
El decreto publicado en el DOF consta de 25 artículos que establecen las disposiciones generales del Centro Federal de Conciliación y Registro Federal, sus atribuciones, su administración, su junta de gobierno y las sesiones de la misma; así como su dirección general, vigilancia y patrimonio.
Esta Ley entrará en vigor a partir del martes 7 de enero de 2020 y el servicio profesional entrará en vigor un año después de la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Por otra parte su implementación será gradual conforme a los lineamientos y manuales que presente el Director o Directora del Centro y que sean aprobados por la Junta de Gobierno.
Este organismo público descentralizado se encargará de llevar a cabo la legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo hasta que inicie sus funciones registrales y emita el Protocolo correspondiente. Los expedientes de estos procedimientos que hayan sido realizados ante la STPS, se transferirán al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual podrá determinar la terminación de aquellos que no cumplan los requisitos previstos en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La creación de este centro es uno de los ejes principales de la reforma laboral y entrará en operación en 10 estados del país, informó la STPS en el boletín.
Este organismo tendrá autonomía operativa, presupuestal y de gestión, y su Junta de Gobierno será conformada por la STPS, SHCP, el INAI, el INEGI y el INE.
Puede consultar la publicación en el DOF íntegra en este enlace.
Con información de la STPS.