Cuotas compensatorias a cables de acero chino

Las importaciones de cable de acero chino, independientemente de su país de procedencia, deberán seguir pagando cuotas compensatorias de 2.58 dólares americanos por kilogramo. Esto de acuerdo a la resolución de inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva a las importaciones de este material. Así lo dio a conocer la Secretaría de Economía (SE) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF).

De acuerdo con la publicación del 2 de diciembre de 2019, la cuota compensatoria se aplica a los productos que ingresen el país mediante las fracciones arancelarias 7312.10.01, 7312.10.05, 7312.10.07 y 7312.10.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), o por cualquier otra.

También se informa que el periodo del examen es el comprendido del 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019 y el de análisis el comprendido del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2019.

Asimismo, toda aquella persona física o moral que tenga interés jurídico en el resultado de este procedimiento tendrá un plazo de 28 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación del DOF para acreditar lo anterior; así como presentar respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, a la par de los argumentos y pruebas que consideren convenientes.

El formulario mencionado en el párrafo anterior se podrá obtener en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI), o bien, en la página de internet de la SE.

Cabe destacar que esta resolución tendrá efecto a partir del martes 3 de diciembre de 2019  y las cuotas compensatorias continuarán vigentes mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia.

Agregamos la publicación íntegra del DOF para su consulta a detalle.