Eusaga e INCOMEX imparten curso sobre renovación de certificación IVA e IEPS

Como parte de las actividades que realiza la Asociación Nacional INCOMEX para capacitar a las empresas sobre el correcto cumplimiento normativo, se llevó a cabo el curso Renovación de certificación IVA e IEPS, en el que se abordaron plazos, requisitos, obligaciones normativas y otros criterios a cumplir.

El contenido fue facilitado por el gerente de Comercio Exterior de Grupo Eusaga, Rodrigo Pérez, quien explicó que las empresas que realicen el proceso de renovación deben cumplir con una serie de requisitos normativos, entre los que destacan: no estar en proceso de cancelación, iniciar el proceso dentro de los 30 días anteriores al vencimiento de la actual vigencia, no contar con saldos vencidos dentro del Anexo 31, entre otros.

También, puntualizó que la persona que esté solicitando la renovación debe hacerlo bajo protesta de decir verdad, manifestando que las circunstancias por las que se otorgó la autorización no han variado y continúan cumpliendo con los requisitos inherentes a la misma.

El expositor manifestó que el proceso de renovación de la certificación IVA e IEPS es relativamente sencillo, aunque es necesario asegurarse de estar al día con la normatividad fiscal, aduanera y contable, así como dar aviso a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) de cualquier cambio con relación al domicilio, contratos, proveedores, socios o accionistas.

No obstante, enunció una serie de posibles escenarios en los que algunas empresas pueden estar al momento de solicitar su renovación, tal es el caso de aquellas que tienen un requerimiento previo. En este sentido, explicó que las  personas morales que se encuentren en tal situación, primero deben de presentar a la autoridad la documentación necesaria para desvirtuar el requerimiento antes del plazo establecido; de ser así se da por renovada la certificación, de lo contrario entrará en proceso de cancelación.

Con base en lo anterior, sugirió a los asistentes revisar su situación en relación al cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, el pago de sus cuotas obrero patronales, no encontrarse tanto la empresa en cuestión como sus proveedores dentro del listado global definitivo al que se refieren los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Además, las personas que deseen renovar su certificación, deben estar al corriente en la presentación de su contabilidad electrónica y no tener cancelados sus sellos digitales; así como revisar la documentación que se presentará mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) y que está indicada en la Regla 7.2.1. de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), misma que es la que el SAT podría requerir en ejercicio de facultades de comprobación.

Por lo anterior, Rodrigo Pérez recomendó verificar en el sistema electrónico del SAT la información, documentación y avisos de modificación presentados respecto a la certificación de la empresa, para identificar elementos que deban ser actualizados de acuerdo a las normas vigentes.

Reiteró que para este proceso no se necesita ningún documento en específico además de contar con le e.firma y contraseña, pero sí es de vital importancia que los documentos que comprueben las operaciones fiscales no tengan errores.

De igual manera, hizo hincapié en no dejar la presentación del aviso de renovación al final del plazo de presentación, para no correr ningún riesgo de que por alguna causa, la autoridad no lo tenga por recibido en tiempo.

Agregó que una vez concluido el proceso, VUCEM generará un acuse de recepción del aviso y la renovación se tendrá al día hábil siguiente a la emisión del documento, computando la vigencia al día siguiente que concluya la vigencia inmediata anterior, tal como lo marca la regla 7.2.3. de las RGCE.