La Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster fibra corta (PFC) originarias de la República de Corea, independientemente del país de procedencia que ingresan por las fracciones arancelarias 5503.20.01, 5503.20.02, 5503.20.03 y 5503.20.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
En tal documento, se resuelve eliminar las cuotas compensatorias de:
- 3.74% a las importaciones de PFC producido y exportado por Sam Yang Co. Ltd. (“Sam Yang”);
- 4.49% a las importaciones de PFC producido por Cheil Synthetics, Inc. y exportado por Samsung Co. Ltd.;
- 14.81% a las importaciones de PFC producido por Sam Yang y exportado por Daewoo Co., y
- 32% a las demás importaciones de PFC de Corea.
Estas cuotas fueron impuestas en 1993 luego de una investigación antidumping y ratificadas en resoluciones posteriores. Finalmente su eliminación se hará válida a partir del sábado 17 de agosto, según la resolución publicada DOF.
Con información del Diario Oficial de la Federación.