La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el protocolo para la legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes, mismo que tiene por objetivo establecer las reglas y procedimientos necesarios.
Lo anterior con base en el artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, publicado en el DOF el 1 de mayo de 2019.
En el protocolo se establece que hasta la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro, será la STPS la entidad encargada de llevar a cabo el proceso de legitimación de los contratos colectivos y la realización de la consulta para determinar si la mayoría respalda el convenio.
Cabe destacar que el aviso para llevar a cabo la legitimación, debe de ser dado por el sindicato titular del contrato colectivo con al menos 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se prevea realizar la consulta, a través del sitio web “https://legitimacioncontratoscolectivos.stps.gob.mx”.
El aviso debe de contener el nombre, número de registro, domicilio legal y datos de contacto del sindicato promovente, incluyendo el correo electrónico para recibir notificaciones; nombre completo e identificación del secretario general o, en su caso, del apoderado legal del sindicato; en caso del apoderado, se anexará el documento con que acredite su personalidad y toma de nota del sindicato.
El protocolo contiene el procedimiento detallado así como los requisitos que los sindicatos deberán de seguir junto con la autoridad laboral para llevar a cabo este procedimiento para el que se dio un margen de tiempo de 4 años desde la entrada en vigor de la Reforma Laboral el pasado 2 de mayo.
En el DOF se establece que el presente protocolo entrará en vigor el 1 de agosto de 2019 y estará vigente hasta el inicio de funciones del Centro Federal de Conciliación y Registro
Para su consulta íntegra anexamos aquí la publicación en el DOF.