Emisión de certificados de origen

El pasado 26 de junio de 2019, la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) publicó el Oficio No. 414.2019.2311, en el que se enlistan los números de exportador autorizado que permiten a los usuarios de comercio exterior prescindir de la utilización del certificado de origen para exportaciones a países de la Comunidad Europea, a los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y al Japón.

En complemento y de acuerdo al boletín 0010 emitido por la Secretaría de Economía, para los casos no listados en el documento, a partir del 22 de julio de 2019, las solicitudes de certificados de origen que se ingresen en el marco del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea (TLCUEM), el Tratado de Libre Comercio con los Estados la Asociación Europea de Libre Comercio y/o el Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, estarán a disposición del interesado en las delegaciones y subdelegaciones o en la Ventanilla de Atención al Público de la DGCE a los siete días hábiles siguientes al ingreso de la solicitud. Esto, a fin de permitir liberar con mayor prontitud los certificados de otros tratados en que no existe un esquema similar que permita directamente a los interesados certificar el origen.

Asimismo, las solicitudes de certificado de origen que ingresen a partir del 22 de julio de 2019 en el que se indique dentro de la solicitud ingresada por la VUCEM Delegación Federal “Metropolitana” deberán recogerse en la Ventanilla de Atención al Público de la DGCE, ubicada en Insurgentes Sur, No. 1940 PB, Colonia Florida, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 0130, Ciudad de México.

Consulta el Oficio No. 414.2019.2311 aquí.

Consulta el Boletín 0010 del SNICE aquí.