Realiza INCOMEX sesión informativa de actualizaciones normativas en Comercio Exterior

Con el objetivo de dar a conocer las últimas actualizaciones en materia legislativa de comercio exterior, así como las implicaciones para las empresas, la Asociación Nacional INCOMEX desarrolló dos sesiones informativas el martes 9 de julio del presente año.

El Director de INCOMEX, Alejandro Márquez, fue quien facilitó la información relacionada a los temas de: Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2019, Actualizaciones en Anexo 31: pedimentos BO y R1, así como Avisos automáticos para el sector siderúrgico.

Respecto a las RGCE para 2019 abordó los aspectos generales entre los que destacan hechos como que la publicación anticipada de las reglas será opcional para la autoridad y los beneficios contenidos en las reglas y anexos, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.

Asimismo se sustituyó el concepto de facturas por el de CFDI o documentos equivalentes, ampliando su uso en las operaciones de comercio exterior como lo es el traslado de las mercancías en operaciones virtuales.

En este mismo tema, el director de INCOMEX expuso a los asistentes la información detallada con respecto a la transmisión de la manifestación de valor y eliminación de hoja de cálculo; cambios que se hicieron a formatos como Forma Simplificada del Pedimento a Formato para la Impresión Simplificada de Pedimentos, Aviso Consolidado por Formato de Aviso Consolidado y Relación de Facturas, por Relación de Documento Equivalente.

De igual forma, se habló de las transferencias virtuales, ejemplificando las modificaciones mediante distintos escenarios que se pudieren presentar a las empresas IMMEX en el manejo de mercancías. En este tema, Alejandro Márquez sugirió a las empresas comunicarse con INCOMEX para revisar caso por caso la aplicación de esto.

Como parte de esta sesión, se vieron los cambios que la autoridad realizó a los requisitos para la certificación de empresas y reglas relacionadas a lo anterior.

Por otro lado, expuso las actualizaciones en Anexo 31 en pedimentos BO (Retornos para Reparación) y R1 (Rectificaciones). En el caso del R1, únicamente será necesario corregir en el informe de descargo que corresponda al pedimento rectificado, para sustituir el número de pedimento que se rectifica, por el número de pedimento de rectificación y la información del pedimento de rectificación no deberá de considerarse en el periodo que corresponde a la fecha del pedimento de rectificación.

Mientras que para los BO, la exportación ya no requiere la presentación de un informe de descargo, La liquidación de las contribuciones se puede realizar con las formas de pago 0 (efectivo) y 21 (crédito en IVA e IEPS) si hay un incremento en el valor de la mercancía, o la forma 13 (pago ya efectuado) cuando no exista modificación al costo del producto.

Finalmente, el Director de INCOMEX emitió recomendaciones sobre los cambios en Avisos Automáticos para la Importación temporal de Acero, particularmente en el Anexo 2.2.1 de clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía.