Presenta CONAMER Anteproyecto para modificar el Decreto IMMEX

La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) publicó un anteproyecto de modificación del decreto IMMEX, con el que la Secretaría de Economía busca mantener el control y trazabilidad del azúcar importado temporalmente y el efectivo retorno del mismo, así como ejercer un control en las exportaciones de este insumo hacia los Estados Unidos.

Cabe precisar que el Programa de Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) permite la importación del azúcar como insumo para la producción de un producto final, cuyo plazo de permanencia según lo establecido por el Artículo 4 del Decreto IMMEX, es de 18 meses; siempre y cuando, de acuerdo con el Anexo II, cumpla con requisitos específicos y no esté beneficiada del Programa de Re-exportación de azúcar “Sugar reexport Program” o de algún programa similar de conformidad con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

No obstante, la Secretaría de Economía detectó un incremento de importaciones de azúcar al amparo del Programa de IMMEX y exportaciones al amparo del cupo establecido con los Estados Unidos, cuyo fin es mantener disciplina, control y transparencia con las exportaciones realizadas a dicho país; generando una distorsión del mismo.

Además, el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (CONADESUCA), ha manifestado que el azúcar importado al amparo del Programa IMMEX sufre diversas transferencias previo a ser retornado al extranjero, alargando los plazos de permanencia y afectando el precio de mercado interno.

Por lo anterior la SE estima necesario incluir dentro de la prohibición contenida en el Apartado A del Decreto IMMEX y eliminar el arancel preferencial establecido en el Decreto de Tasas, a las mercancías que se encuentren beneficiadas del Programa de Re-exportación de azúcar “Sugar Reexport Program” y que se trate de productos calificados de México de conformidad con el TLCAN, tal como lo establece el artículo 10 del Decreto.

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Con información de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.