El Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de la Hoja Informativa 10, informó que los documentos electrónicos y digitales que deben formar parte del expediente electrónico de comercio exterior son únicamente los que se encuentren declarados en los pedimentos, avisos consolidados o documentos aduaneros de que se traten, así como sus respectivos acuses.
Esto para efectos de los artículos 59, fracción V y 162, fracción VII, de la Ley Aduanera.
Los usuarios podrán descargar los acuses conforme lo señala la Hoja Informativa 7 del pasado 5 de marzo de 2019, misma que puede consultar aquí: bit.ly/2SLHN8R
HOJA INFORMATIVA 10: bit.ly/2EMdVnB