La Secretaría de Economía (SE), mediante proyecto de modificación a las Reglas y Criterios de Caracter General en Materia de Comercio Exterior, contempla agregar como requisito el aviso automático de importación, para la importación de diversas mercancías del sector acero bajo los regímenes temporal (entre otros empresas IMMEX), depósito fiscal, así como para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico.
La autoridad argumenta que es necesario hacer un monitoreo estadístico que opere de manera transparente y ágil, así como disponer de un instrumento para prevenir y combatir prácticas lesivas recurrentes como la incorrecta clasificación arancelaria de las mercancías, la subvaluación y la triangulación de origen de las mismas, fenómenos que afectan la participación de la industria siderúrgica en la actividad económica nacional.
Lo anterior está contenido en un proyecto de modificación a las reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, contemplando como condicionantes para evitar malas prácticas:
• Cumplir cabalmente con criterios y requisitos previstos.
• Precisar la correcta utilización de los mismos.
• Que el aviso sea únicamente para la operación que se declara.
• Que el aviso no pueda ser utilizado en otras operaciones durante la vigencia del mismo.
• La SE dejará de expedir avisos a la empresa correspondiente por 3 meses, cuando se utilice un aviso en operaciones múltiples.
La presentación de los avisos automáticos se realizará mediante Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
Por otra parte, la Dirección General de Comercio Exterior podrá establecer un esquema alternativo para cumplir con el aviso automático de importación, en el cual se consideran las empresas certificadas en las modalidades de Comercializadora e Importadora, Operador Económico Autorizado (OEA), así como en IVA e IEPS.
La medida aplicaría a 165 fracciones arancelarias contenidas en la fracción II del numeral 8 del anexo 2.2.1 de las reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, relacionadas con mercancías derivadas de la fundición de hierro y acero, sus manufacturas como productos laminados, alambrón, perfiles, tubos, cables, entre otros.
A continuación le compartimos la propuesta de la SE y las fracciones afectadas:
Proyecto de Modificación: bit.ly/2ElJQfc
Fracciones afectadas: bit.ly/2FByfv1