SAT: ya se puede facturar el IVA al 8% en la región fronteriza norte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que desde el 8 de enero de 2019 es posible emitir facturas en las que se aplique el estímulo de reducción del Impuesto al Valor Agregado a 50%, una vez presentado el aviso correspondiente por parte de los contribuyentes que puedan aplicar.

Lo anterior, con relación al estímulo fiscal en materia de este impuesto contenido en el decreto de estímulos fiscales de la región fronteriza norte.A través de un comunicado, la autoridad refirió que el 7 de enero se publicó en el portal del SAT la versión anticipada de las reglas que regulan la aplicación del decreto.

“Desde esta fecha, los proveedores de certificación cuentan con los listados para validar que los contribuyentes emisores estén habilitados para facturar con una tasa del 8%. De igual manera, el servicio gratuito de generación de factura y la aplicación Factura Fácil, ofrecidos por el SAT, están disponibles para que los contribuyentes a quienes aplique este supuesto, puedan facturar”, refiere el comunicado del SAT.

Comunicado oficial completo: bit.ly/2FFQ2Ab

A continuación, compartimos los casos en los que NO puede aplicarse el estímulo fiscal correspondiente al IVA: